El beneficio permite cubrir entre un 90% y 95% del valor del arriendo a las personas mayores de 60 años que están dentro del 70% del Registro Social de Hogares (RSH).

Además este año, se incorporó a personas con discapacidad mayores de 18 años que no cuenten con una solución habitacional definitiva y que estén dentro del 70% del RSH.

Junto con lo anterior, este año, se otorgará puntaje adicional a quienes sean o tengan en su núcleo familiar a “personas cuidadoras” inscritas en el RSH y se modifican los puntajes por tramo de edad, considerando puntajes más altos a mayor edad de la persona que postula.

¿Qué cubre el subsidio de arriendo para personas mayores?

Permite cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo, dependiendo del RSH de la persona que lo obtiene, pagando de esta forma mensualmente entre el 5% y el 10% del arriendo mensual. Por ejemplo: para un arriendo de $200 mil pesos, el subsidio cubre entre $180 mil y $190 mil pesos, debiendo el beneficiario pagar entre $10 mil y $20 mil pesos mensualmente. Considera el aporte de un monto único adicional de 1 UF para financiar los gastos para la formalización del contrato (certificados y gastos notariales).

¿Cuáles son los requisitos para postular al subsidio de arriendo para personas mayores?

  • Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante este año calendario
  • O presentar una discapacidad acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Pertenecer hasta el 70% del RSH.
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($180.000 pesos aproximadamente). Equivale a la pensión asistencial vigente, que sirve como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.

¿Qué consideraciones especiales tiene este llamado?

  • No requiere contar con ahorro mínimo.
  • Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad.
  • Desde este 2023, se otorgará puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar la calidad inscrita en el Registro Social de Hogares de “persona cuidadora”.
  • Se puede postular sin núcleo familiar.
  • No requiere estar actualmente arrendando una vivienda: pueden postular personas actualmente arrendatarias o que necesitan buscar una vivienda para arrendar.

Fotografía: Referencial de internet